La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJMU) respalda las medidas anticovid de López Miras tras finalizar el estado de alarma.

De  esta manera, el TSJ aprueba limitar las reuniones sociales a un máximo de seis personas, tanto en espacios públicos como privados.

Las medidas adoptadas con carácter temporal por la Orden de 8 mayo de 2021 de la Consejería de Salud para la contención y control de la epidemia ocasionada por el virus del SARS-CoV-2 tras el fin del estado de alarma, también restringen el aforo en los lugares de culto, al fijar un máximo permitido de un 75% y, adicionalmente, en el caso de las ceremonias un máximo de 50 personas en el interior.

Con base en su informe epidemiológico, el Gobierno regional solicitó el pasado lunes la ratificación de las medidas adoptadas.
Fernando López Miras, presidente de la Región. Onda Cero
Aunque se pone en evidencia que nivel de alerta regional sigue siendo bajo, la autoridad sanitaria aconseja el mantenimiento de aquellas medidas restrictivas de carácter general actualmente vigentes, que afectan a la restricción a la permanencia de personas en grupos o reuniones de carácter informal y a las restricciones relativas al culto hasta las 23.59 horas del día 16 de mayo de 2021.
Asimismo, los magistrados recuerdan que se ratificaron medidas que afectaban de forma temporal a la libertad de circulación en determinados municipios o al derecho de reunión.
El TSJ puntualiza que "la evolución de la pandemia --y, en particular, el ritmo de vacunación-- serán los que determinen la necesidad o no de su prórroga, o la adopción por la autoridad sanitaria competente de medidas de mayor laxitud en la afectación a derechos fundamentales".
Notas relacionadas:
Se implementa toque de queda en Murcia : prohíbida la movilización después de las once de la noche
Murcia sigue con el toque de queda mientras otras ciudades festejan en las calles el fin del estado de alarma