Día a día avanza la desescalada, con ella las flexibilizaciones; pero mientras tanto se acerca el verano para los españoles, quienes podrían sin piscinas comunitarias, por cumplir con las  normas para su apertura. Es que alcanzar la “nueva normalidad” viene acarreando múltiples cambios en situaciones rutinarias, antes de la pandemia por el coronavirus. A medida que avanzan las fases, se acerca el verano. Las altas temperaturas ya lo anuncian, pero peligra la apertura de las piscinas comunitarias. En días recientes, el ministro de Sanidad, Salvador Illa, pidió prudencia: “Vamos a ir paso a paso. En su momento daremos indicaciones si se pueden utilizar y en qué condiciones”. Su opinión la comparte Fernando Simón, director del Centro de Coordinación de Emergencias del Ministerio de Sanidad, quien  reconoció que tendrá que valorarse diariamente para tomar esa decisión. En un informe del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) se destaca que el agua no es “el principal riesgo” de contagio del Covid-19, “dadas las características y las vías de transmisión conocidas”. Por lo que en aquellas zonas que alcanzan la fase 2 o que lo harán próximamente, pueden abrir las piscinas recreativas, pero con una gran cantidad de limitaciones, según recoge la Orden SND/414/2020, publicada el 16 de mayo. De acuerdo a los administradores de Fincas, la referida orden no resuelve sus problemas, aseguran que les impone demasiadas restricciones que ponen en riesgo volver a abrir durante el verano.

Las restricciones 

La citada orden establece que el aforo máximo permitido será del 30% de la capacidad de la instalación. Los administradores señalan que es difícil controlarlo, porque es las comunidades de vecinos no disponen de algún sistema que les permita hacerlo. Igualmente, “no hay personal responsable a cargo de la instalación que pueda controlar o limitar el acceso de los propietarios”. Únicamente el socorrista cuya su competencia se limita al control del vaso de la piscina y no del acceso a la playa que la rodea. Otra de las restricciones que se establece, es la previa cita para el poder acceder a la piscina, con lo que se “organizarán horarios por turnos, fuera de los cuales no se podrá permanecer en la instalación”. Sin embargo, es muy difícil controlarlo, aseguran los administradores, sin personal, menos un teléfono para hacerlo, en la mayoría de los casos, las comunidades carecen de ambos. Actualmente, la competencia para la regulación en el uso de la piscina,  y las zonas comunes de vecinos, es la Junta General de Propietarios. A quienes no les resultaría ponerse de acuerdo en los turnos a escoger para el uso de estas áreas comunes. Mucho menos cuando no están autorizadas las reuniones para este grupo de personas.