España introdujo una modificación legislativa que permitirá a establecimientos comerciales como los supermercados limitar el número de artículos por comprador para evitar el desabastecimiento. Esto supone que los hábitos de compras y consumo serán incomodos para los españoles.

 

España introdujo una modificación legislativa que permitirá a establecimientos comerciales como los supermercados limitar el número de artículos por comprador para evitar el desabastecimiento. Esto supone que los hábitos de compras y consumo serán incomodos para los españoles.

 

Desde el 30 de marzo una nueva disposición en la Ordenación del Comercio Minorista introducida por el gobierno español reza que "los establecimientos comerciales podrán suspender con carácter temporal" la prohibición de limitar la cantidad de productos que pueden ser adquiridos por cada comprador.

 

 

 

Según la ley española vigente hasta ahora, los comerciantes no podían restringir la cantidad de artículos en la compra de los consumidores.

Durante los períodos más difíciles de la pandemia del Covid-19 muchos supermercados y establecimientos de alimentación asumieron este tipo de medidas por el cambio en el comportamiento de los consumidores en relación a algunos productos básicos con el papel higiénico,  y ahora esta medida se toma ante la escasez de algunos productos por la crisis de Ucrania.

 

Circunstancias extraordinarias o de fuerza mayor

 

El texto añadido por el Gobierno permitirá a los comercios saltarse esta prohibición "excepcionalmente" y "cuando existan circunstancias extraordinarias o de fuerza mayor que lo justifiquen".

"Estas medidas deberán estar justificadas y se adoptarán de manera proporcionada cuando sea necesario para impedir el desabastecimiento y garantizar el acceso de los consumidores en condiciones equitativas", indica la modificación de ley.

A principios de marzo, la Asociación Española de Distribuidores, Autoservicios y Supermercados (Asedas) advirtió de que algunas empresas de distribución alimentaria estaban adoptando "medidas de limitación de venta de aceite de girasol" debido a una "demanda anómala" de los consumidores de ciertos productos procedentes de Ucrania.

Con la modificación de la Ordenación del Comercio Minorista, las empresas podrían realizar estas acciones siempre que puedan justificar el desabastecimiento.